Los cometidos profesionales de los Agentes de Negocios
Asuntos comerciales
Los agentes de negocios atendían la compraventa de efectos públicos en Bolsa; cobro de cantidades en metálico y de valores en bancos, cajas de ahorros y particulares; operaciones con el Tesoro; presentación de giros para recoger su aceptación; renovación, canje o actualización de todo tipo de valores del Estado o de sociedades, cotizadas o no; cobros de letras y de créditos; compraventa de mercancías; consignación de mercancías, despacho en tránsito y expedición o reexpedición de bultos; asistencia a reconocimiento de mercancías y su tasación; asistencia a Junta judiciales o extrajudiciales de acreedores, en concursos, de quita y espera, suspensiones de pagos o quiebras; representaciones de deudores en las Juntas y en la formación de balances, estados, memorias, consultas, conferencias y cuantas incidencias surjan sobre el asunto tratado; representaciones de los clientes en todo tipo de subastas; informes comerciales; y por asistencia a comprobación de balances; formación de inventarios, embargo de géneros, traspasos de establecimientos, etc.
Actividades sobre obras
Por ejemplo, la constitución de depósito y extensión y representación de la proposición para el remate de una obra; la representación en los remates de obras para realizar las protestas, observaciones y reclamaciones pertinentes; entregas de documentos al notario y pago de los anuncios de concesiones en la Gaceta de Madrid; presentación y entrega de escrituras de cesión de obra; gestión de los incidentes de una obra nueva o de la contrata de conservación.
Propiedades
Gestión de expedientes en la Dirección General de Propiedades sobre excepciones de venta o incorporación al Estado de los bienes de Capellanías; reclamaciones por los bienes enajenados por el Estado correspondientes a la Beneficencia e Instrucción Pública, procedentes de las desamortizaciones; gestión de reconocimiento de hermandades, cofradías y otras instituciones religiosas de carácter laico; recursos ante los tribunales económico-administrativos por ventas declaradas nulas; gestión de expedientes de aprovechamiento de pastos, de terrenos comunales y otras actuaciones análogas.
Gestiones generales ante la Administración
Gestión de expedientes de toda clase ante las oficinas públicas; representación de los clientes ante la Administración; asistencia, alegaciones o defensa por supuesta defraudación u ocultación de riqueza en contribuciones, rentas, arbitrios o impuestos establecidos; escritos, exposiciones o instancias interponiendo recursos de apelación o alzada.
Toda clase de Registros
Diligencias para constituir el consejo de familia, nombramiento del tutor y protector hasta el Registro de Tutela; Expedientes posesorios y de dominio para el registro de fincas o derechos reales en los Registros de la Propiedad; expedientes de liberación y cancelación de gravámenes y arreglo de titulaciones defectuosas; gestión de títulos de propiedad en los Registros de la Propiedad; gestión de la inscripción de escrituras, poderes y otros documentos de las sociedades en el Registro Mercantil; liquidación de derechos reales; gestión de la expedición de títulos académicos y nobiliarios; legitimación y legalización de documentos ante el Ministerio de Gracia y Justicia; y traducción y legalización de documentos.
Invención, marcas de fábrica, aduanas y Registro de la Propiedad Intelectual
Los agentes de negocios realizaban gestiones para la obtención y registro de las marcas de fábrica, comerciales y agrícolas; pagos de anualidades de las patentes; procuración de los certificados de patente; registro de las transferencias de patentes y reclamaciones y recursos de alzada; cesiones de patentes y marcas; pago de derechos reales; consultas verbales y escritas sobre Derecho industrial; traducciones aplicables a la obtención de patentes; redacción y copia de memorias para la solicitud de patentes: elaboración y registro de planos y dibujos para el Registro, etc…
Ayuntamientos
También tenían funciones los agentes de negocios, puesto que se dedicaban a cobrar cantidades en metálico, realizando toda la documentación y el papeleo oportuno; cobros ante las cajas de Estado para las corporaciones; gestiones ante los Catastros por cambios en los amojonamientos; recursos de denuncias por pastoreo abusivo, declaraciones de responsabilidad en asuntos de cuentas municipales o por descubiertos de consumos; reclamaciones para obtener rebajas de cuotas impositivas; condonación de multas; y asuntos relativos a comunidades de vecinos, sindicatos de regantes, juntas de pueblos agregados o Diputaciones Provinciales.
Clases pasivas
Se ofrecía la tramitación de expedientes de pensiones con busca de documentos; cobro de haberes y pensiones y créditos atrasados; expedientes de rehabilitación, traslados y acumulaciones; recursos, volantes de fe de vida y documentos sueltos.
Deuda Pública
Gestión de expedientes reclamando créditos antiguos de la Deuda Pública y gestión de la orden de entrega de los ministerios de Gobernación y Gracia y Justicia; gestiones ante las oficinas de Hacienda, de Gestión de la Deuda Pública y de los Ayuntamientos;
Asuntos de Guerra, Marina y Ultramar
Gestión y cobro de créditos de las campañas de Cuba y Filipinas; tramitación de solicitudes ante las oficinas de Estado, centros militares o comisiones liquidadoras para justificar cualquier derecho de cobro; gestiones para solicitar y obtener la devolución de cantidades ingresadas para redimir del servicio en las filas del Ejército.
Constitución, renovación y cancelación de fianzas
Constitución y cancelación de fianza en la Caja de Depósitos u otra dependencia análoga, para garantizar cargos públicos o servicios contratados; expedientes de reconocimiento de propiedad por haber fallecido el dueño del depósito y gestión de expedientes de extravío.
Como la profesión de Agente de negocios había abarcado un gran número de materias profesionales, que fueron resquebrajándose en especialidades profesionales, como los procuradores de los tribunales, habilitados de clases pasivas, agentes de la propiedad industrial, etc. La normativa comienza a recortar funciones, tal y como ocurre con la Real Orden de 14 de agosto de 1902, en la que los argumentos esgrimidos por el Consejo de Ministros, se centraron en evitar una intromisión en el ejercicio de otras profesiones. En este caso se anularon las actuaciones sobre préstamos, libretas, cheques, pagares y documentos de giro, así como la compraventa de mercancías; consignación de mercancías, su despacho en tránsito y la expedición y reexpedición de bultos, a granel o a la ‘gruesa’; tasación de mercancías y compraventa de fincas.
Esta situación hacía que el cobro de los aranceles fuera variopinta y difícilmente controlable por Hacienda. Es por ello, que se suspende la colegiación obligatoria, mediante el Real Decreto de 1 de febrero de 1903, “Hasta que por los Ministerios a que afectaban, especialmente el de hacienda, realizaran un detenido estudio de ellas para adoptar sobre el particular una reforma definitiva”. Sin embargo, en mayo de 1903, el día 2, el Ministerio de Hacienda, a través de una Real Orden, determina que es compatible el pago de la imposición municipal como el abono de la contribución industrial.
Posteriormente, la Real Orden de 3 de julio de 1904 de la Presidencia del Consejo de Ministros, vuelve a establecer la colegiación voluntaria y se suprime definitivamente la obligatoria. Se había vuelto a completar el círculo una vez más.
El Ministerio de Fomento publicaba el 9 de mayo de 1019 una Real Orden Circular disponiendo “Se recuerde a todos los Centros y Dependencias de este Ministerio la necesidad de exigir a los Agentes de Negocios, cuando inicien expedientes o actúen como gestores en los mismos, la justificación del pago de la contribución industrial; que se les dé audiencia a las horas que se fijen para que puedan informarse del curso y resolución de los asuntos que gestionen, y haciendo presente a los funcionarios de este Ministerio la incompatibilidad establecida entre su condición de tales funcionarios y el ejercicio de agencias de negocios”.
Mediante la Real Orden de 5 de mayo de 1919, a petición del presidente del Colegio de Barcelona, Rafael de la Figuera, se impone la necesidad u obligación de justificar la titulación con el pago de una contribución en el Ministerio de Hacienda, para la que se hace extensiva la Orden dictada por el Ministerio de Fomento con anterioridad. El objetivo de esta nueva normativa era evitar el intrusismo profesional.
El 14 del abril de 1931 se publica en la Gaceta de Madrid otra Real Orden, que recuerda a los funcionarios de Hacienda de todas las categorías, la prohibición legal de ser “Agentes o Representantes de toda persona, entidad o Corporación que tuviera asuntos pendientes en las oficinas centrales o provinciales de la Hacienda pública; y dando prevenciones para la tramitación de expedientes y despacho de asuntos, para las operaciones de ingreso y pagos, y para señalar horas para recibir al público y agentes de negocios”.